La Cecot reitera su total disconformidad en destinar los fondos de cualificación de trabajadores de 2020 para cubrir otro tipo de gastos

La Cecot remarca el carácter de inconstitucionalidad de la medida por tratarse de fondos finalistas que deben utilizarse únicamente con la finalidad para la que se ha cotizado, es decir, la formación continua, y que hay que recordar que generan empresas (0,6%) y personas trabajadoras (0,1%).
  • La entidad se manifiesta totalmente contraria a la decisión del Gobierno de utilizar los fondos destinados a políticas activas del 2020 para cubrir otras prestaciones puesto que este capital resultará imprescindible para la reactivación de la economía y para fomentar la empleabilidad de las personas trabajadoras en el escenario post COVID-19. 
  • La Cecot propone al Gobierno que utilice los 5.000M de euros que ya ha detraído en los últimos seis años, haciendo un mal uso del fondo de formación, y dejar que la aportación de este año se utilice para la finalidad para la cual se creó.

Esta semana se ha publicado el Orden TES/406/2020, de 7 de mayo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2020, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellas destinadas en la ejecución del Plan de Choque por la Ocupación Joven 2019-2021 y el Plan Reincorpora-T 2019-2021. En Cataluña estas competencias las tiene asumidas el Gobierno de la Generalitat que ha visto reducido en 215M de euros menos de los previstos para acciones de políticas activas de ocupación.

Esta orden emana del Real decreto ley 11/2020, de 31 de marzo, que recoge, en el apartado uno de la disposición adicional sexta, que “Con carácter excepcional y extraordinario, a causa del impacto económico de las medidas aprobadas para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, los ingresos derivados de la cotización por formación profesional obtenidos en el ejercicio 2020, podrán destinarse a la financiación de cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desocupación definidas en el artículo 265 del Real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, o para financiar programas que fomenten la contratación de personas desocupadas o las ayuden a recuperar ocupación”.

Así es que la norma recoge la posibilidad que los ingresos derivados de la cotización por formación profesional que aportan las empresas y los trabajadores, el sistema de los cuales se regula en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, puedan aplicarse a la financiación de cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desocupación, incluyendo finalidades más amplias que la mera formación profesional para la ocupación y produciéndose de este modo una desafectación de la cuota de formación profesional a la financiación del Sistema de Formación Profesional Para la Ocupación.

No es la primera vez que el Gobierno del estado utiliza los fondos de políticas activas de ocupación para financiar subsidios de manera incorrecta. Entendiendo que la cuota no es un tributo previsto como tal en la Ley General Tributaria, ni un ingreso de las Administraciones o sus organismos autónomos tendentes a sufragar sus gastos de forma general, patronales y sindicatos remitieron un escrito a la Defensora del Pueblo, en fecha de 6 de febrero de 2017, para recordar al Secretario de Estado para la Ocupación que “la cuota de formación profesional es una cotización vinculada a la relación laboral y el hecho que una vez recaudada se ponga a disposición del Servicio Público de Ocupación Estatal para que éste gestione y la aplique a las finalidades por las que se cobra, no quiere decir que constituya un ingreso desafectado aplicable a cualquier otra cosa, ni a cubrir los gastos generales de este organismo”.

En el mismo escrito de 6 de febrero, las entidades demandantes de información vuelven a referirse al Informe de fiscalización al Servicio Público de Ocupación Estatal, realizado el 26 de enero de 2012 por el Tribunal de Cuentas en el cual reprocha a este organismo público que utilizara los fondos de la cuota de formación para pagar prestaciones. Así pues, el SEPE ha venido actuando con vulneración consciente de las indicaciones que ya le hizo el Tribunal de Cuentas en 2012. Hay que añadir que el mismo Tribunal Constitucional ha declarado reiteradamente en múltiples sentencias sobre la formación profesional para la ocupación que la cuota de formación es una cuota finalista, sujeta a un principio de caja única propio, diferenciado incluso de la caja única de la Seguridad Social.

El uso indebido de los fondos de formación por parte del Gobierno, denunciado por la Cecot y otros agentes sociales en 2018, ha detraído 5.000M de euros para cubrir déficit, destinando los recursos a otros gastos diferentes a la finalidad de los fondos.

A pesar de que la Cecot reconoce que es incuestionable que la cobertura de las prestaciones y subsidios de protección por desocupación tiene que ser una de las máximas prioridades del Gobierno en estos momentos de lucha contra el impacto del coronavirus, también considera que esta situación no tiene que afectar medidas que con toda seguridad serán más necesarias que nunca para reactivar nuestra economía. Así que utilizar los fondos de políticas activas de ocupación para financiar subsidios no parece razonable y tiene carácter inconstitucional.

Este capital resulta imprescindible para la reactivación de la economía y para fomentar la empleabilidad de las personas trabajadoras, máxime en un momento de depresión económica y social como al que ya estamos asistiendo.

La caída esperada del PIB, la destrucción de tejido empresarial y las altas cifras de personas desocupadas son el escenario que nos espera una vez se levante el Estado de Alarma, y sobre el cual tenemos que trabajar para atenuar sus efectos sobre la población, los fondos para la ocupación y para la formación son, si cabe, más necesarios que nunca. Es por eso por lo que no compartimos que se hipotequen sabiendo que son una herramienta fundamental para tratar la crisis que sabemos tendremos que afrontar.

El otro aspecto que la Cecot denuncia es la generación de un conflicto competencial entre administraciones porque las comunidades autónomas pierden la capacidad de ejecutar las políticas de ocupación que han previsto que necesitan los territorios bajo su gestión. La limitación de los fondos frena y resta efectividad e impacta en el logro de los resultados de la gestión prevista por las CCAA; la Cecot considera que el desarrollo de las políticas activas de ocupación tienen que gestionarse desde el territorio y en la proporción a las necesidades definidas. Las administraciones territoriales y los agentes económicos y sociales que operan en un territorio tienen el conocimiento de las necesidades específicas del tejido productivo ubicado y de las características de la base social.

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